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Cómo crear una sociedad limitada paso a paso

Si estás pensando en crear tu propia sociedad o empresa, debes de pensar que lo ideal es acudir a una gestoría que se encargue de ello. Por ello, al momento establecer una empresa, aquellas de tipo sociedad limitada (S.L.) constituyen las más comunes, siendo que en España existen un gran número de ellas que prevalecen por encima de las sociedades anónimas, de las cuales se reporta la existencia de unas 90 mil.

Y es que las sociedades limitadas forman buena parte del sector que rige las actividades comerciales en el territorio español, razón por la que se considera su creación como un requisito necesario para cualquier autónomo que desee progresar o experimente un incremento considerable de sus ingresos.

Si tú eres uno de ellos, pero desconoces los procedimientos a llevar a cabo para crear una sociedad limitada paso a paso, entonces sigue leyendo que aquí te diremos cómo hacerlo.

Establecer una sociedad limitada es un proceso que involucra una serie de protocolos a seguir para lograr que la misma sea reconocida legalmente. Estos son los siguientes:

Nombre de la sociedad

Lo primero que deberás hacer al momento de crear una sociedad limitada es registrar el nombre que le asignarás a la misma en el Registro Mercantil. Cabe destacar que el nombre elegido deberá estar disponible, es decir, no coincidir con el de otra sociedad existente.

Para ello, deberás ingresar en la página web del Registro Mercantil e introducir una solicitud de certificado. Allí deberás añadir 3 posibles nombres para tu S.L. de manera que luego te sea notificada la disponibilidad de alguno de ellos y no tengas que repetir el procedimiento.

Una vez concedido el certificado el nombre se mantendrá reservado por un tiempo de 6 meses. No obstante, este solo tendrá una validez de 3 meses si procedes a registrarlo ante notario.

Cuenta bancaria de la sociedad

Obtendrás el privilegio de abrir una cuenta bancaria a nombre de la sociedad luego de que tengas en tus manos el certificado. Es necesario cumplir con esto paso de forma obligatoria, ya que esta será en la cuenta donde se llevará a cabo el depósito del Capital Mínimo Inicial equivalente a 3 mil euros con 6 centavos.

Tras haber creado la cuenta y depositado el monto fijado, el banco te asignará un certificado del dinero ingresado. Este deberás presentarlo luego ante notario para la creación de la Sociedad Limitada.

Redacción de los estatutos sociales

Al momento de formar la S.L. todas las personas involucradas que adopten la figura de socios deberán participar en la fijación de las normas bajo las cuales se regirán las operaciones de la empresa. Estas normas son conocidas también como estatutos sociales que deberán ser añadidos a la escritura pública de la constitución.

Cabe destacar la dificultad que presenta este documento en su redacción, razón por la cual muchas veces se opta por asignar esta tarea a una notaría o un abogado.

Redacción pública de la constitución de la sociedad

Dentro del proceso para crear una sociedad limitada paso a paso este representa el trámite más costoso, ya que requerirás de un notario para que lo lleve a cabo obligatoriamente. En función del lugar este trámite puede tener un coste de entre 300 a 500 euros. Entro de los documentos requeridos para llevar a cabo la escritura están:

  • Estatutos Sociales.
  • Certificación negativa del Registro Mercantil.
  • Certificación del banco de la aportación al Capital Social.
  • N.I. de los socios fundadores.
  • Declaración de inversiones exteriores (si algún socio es extranjero)

N.I.F de la sociedad

En esta etapa deberás solicitar el N.I.F. (Numero de Identificación Fiscal) provisional de tu S.L. en Hacienda una vez que hayas firmado las escrituras. Junto a esto deberás recibir las etiquetas y tarjetas con su respectiva identificación.

Lo próximo que harás será llenar el modelo 036 para conseguir el N.I.F., así como suministrar el D.N.I. de la persona que estará a cargo de firmar la solicitud. Además, tendrás que entregar una fotocopia correspondiente a la escritura de la constitución de la S.L. que deberá ser entregada por el notario.

Cabe destacar que el N.I.F tendrá una vigencia de 6 meses al momento de ser entregado. Tras pasar este tiempo deberás cambiarlo por el N.I.F. definitivo de la empresa.

Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE)

Una vez que hayas obtenido el N.I.F. el próximo paso a realizar será dar de alta la S.L. en la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) bajo el epígrafe IAE correspondiente a la actividad que ejercerá la empresa.

Lo usual en estos casos es que te encuentres exento del pago de este impuesto. En lo que respecta al AEAT este solo puede ser tributado por aquellas empresas que presenten una cifra de negocio por encima del millón de euros.

Declaración del IVA o censal

En esta etapa deberás dirigirte nuevamente a Hacienda y realizar la presentación de la declaración del IVA o censal a fin de establecer el inicio de las operaciones de la sociedad limitada.

Para ello solo requerirás del modelo 036, el N.I.F. y, en caso de ser necesario, el documento del IAE. Este procedimiento también podrás llevarlo a cabo en situaciones donde sea necesario modificar o poner fin a la actividad de la S.L.

Inscripción en el Registro Mercantil provincial

Aquí deberás incorporar la sociedad limitada en el Registro Mercantil de la provincia del domicilio fiscal correspondiente a aquel proporcionado entre los datos del documento de estatutos sociales de la sociedad limitada.

Desde el momento en que recibes las escrituras tienes un plazo de dos meses para concretar este procedimiento, presentando para ello los siguientes requerimientos:

  • Escritura de la constitución de la S.L.
  • Certificado negativo de denominación social.
  • Copia del N.I.F.

Adquisición del N.I.F. definitivo

Para culminar el proceso de crear una sociedad limitada paso a paso deberás expedir el N.I.F definitivo de la sociedad limitada. Para ello deberás acudir a Haciendo y canjear la tarjeta provisional por la definitiva de la sociedad limitada.

Sin embargo, existe otro paso necesario de cumplir para poder efectuar la gestión de la sociedad limitada y es que el administrador o administradores de la sociedad no podrán ejercer como autónomos esta labor. Por tanto deberán darse de alta en la página de la Seguridad Social

 

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